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El Gobierno y los sindicatos pactan el primer Estatuto de la Función Pública en España

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Los funcionarios contarán en 2007 con el primer estatuto que regulará sus derechos, deberes y condiciones de trabajo. El Gobierno y los sindicatos mayoritarios en la función pública (UGT, CC OO y CSIF) han pactado un texto que recoge la obligación de evaluar el trabajo de los empleados públicos. Los funcionarios tendrán derecho a la negociación colectiva y a conciliar la vida laboral con la familiar. Las administraciones se comprometen a reducir la temporalidad en el sector público.


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El País
Dos años después de comenzar las negociaciones, el ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, y los sindicatos se han puesto de acuerdo en las reglas básicas que deben definir al funcionario. Lo acordado se aplicará a los casi 2,4 millones de empleados públicos (estatales, autonómicos y locales) que existen en España, incluidas las fuerzas armadas, la policía y los jueces, aunque estos colectivos tendrán algunas limitaciones. Las normas básicas de función pública datan de 1965 (en 1984 se introdujeron algunas novedades).

El Estatuto, que el Consejo de Ministros prevé aprobar antes del verano, entrará en vigor en la primavera del año próximo, según calculan los negociadores. Sevilla confía en que sirva para situar la Administración "a la altura del siglo XXI". Éstas son las principales novedades:

- Evaluación en el puesto. "Resulta socialmente inaceptable que se consoliden con carácter vitalicio derechos y posiciones profesionales por aquellos que no atiendan satisfactoriamente a sus responsabilidades". Con esta contundencia, el Estatuto deja claro que la permanencia en el puesto dependerá del desempeño. El funcionario no perderá la plaza fija, pero podrá ser trasladado a otro puesto si no cumple con los objetivos previstos. Del mismo modo podrán mejorar sus condiciones si el rendimiento es satisfactorio. Una comisión lo evaluará periódicamente. Para Julio Lacuerda, de UGT, se trata de un elemento "de enorme expectativa".

- Negociación colectiva. Es uno de los principales derechos que se les reconocen a los empleados públicos. Podrán negociar salarios y condiciones laborales con la administración correspondiente, incluso recurrir a fórmulas extrajudiciales de resolución de conflictos. En caso de desacuerdo, la administración decidirá.

- Salarios y promoción. El Estatuto clarifica las pagas de los funcionarios, principalmente las extraordinarias. Se especifica que serán dos y deberán incluir la parte fija del salario y las complementarias, salvo las ligadas a productividad. Hasta ahora sólo se reconocía una parte de esos complementos. Además, se amplían las posibilidades de promoción de los funcionarios. Habrá más facilidad para que un trabajador desempeñe otras funciones.

- Personal directivo. Se crea una nueva figura que pretende dotar de mayor atractivo salarial los altos cargos de la Administración para evitar que huyan a la empresa privada.

- Vida laboral y familiar. Se reconoce a los funcionarios el derecho a conciliarlas. El Estatuto incorpora las principales novedades del Plan Concilia, entre ellas, el permiso de paternidad de 10 días y las posibilidades de excedencias.

- Deberes. Además de derechos, los funcionarios contarán con una larga lista de deberes. Se prohíbe discriminar, intervenir en asuntos en los que tengan interés personal, tratar de forma irrespetuosa a los ciudadanos, aceptar regalos...

- Freno a la temporalidad. Los puestos eventuales son cada vez más frecuentes en la Administración pública, especialmente en comunidades y ayuntamientos, donde pueden rondar el 30%. El Estatuto permite a esas administraciones convocar plazas fijas para las 650.000 ahora ocupadas por interinos en toda España.

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