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El tribunal Supremo rechaza la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía

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Redacción de Educaweb.com
Los magistrados reunidos en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo han rechazado el derecho de los padres a ejercer la objeción de conciencia para que sus hijos no cursen la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

Durante estos tres últimos días han deliberado sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía con la finalidad de determinar si es posible la objeción de conciencia y si los contenidos de la materia vulneran el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, tal y como muestra el artículo 27.3 de la Constitución.

Los magistrados han dado la razón al Gobierno y a los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas que habían denegado el derecho de objetar a la asignatura, con 22 votos a favor y 7 en contra. Educación para la Ciudadanía es una asignatura obligatoria incluida en la Ley Orgánica de Educación (LOE) cuyos contenidos han provocado discrepancias entre el Gobierno y la Iglesia católica.

El Alto Tribunal considera que con esta materia "no se lesiona" el derecho fundamental de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones morales. En los próximos días se conocerá con detalle los argumentos jurídicos en los que se basa la sentencia, que será recurrida ante el Tribunal Constitucional por las asociaciones demandantes.
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