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Andalucía regula los centros educativos y establece que los docentes que no acudan a tutoría serán sancionados

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  • 23/08/2011

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Redacción de Educaweb
La Consejería Educación de la Junta Andalucía ha publicado una orden para regular la potestad disciplinaria de los directores de los centros educativos respecto a todo el personal de los centros públicos. Aunque esta atribución ya estaba contemplada en la Ley de Educación de Andalucía de 2007, hasta ahora no se ha puesto en marcha debido a su complejidad. Las medidas empezarán a aplicarse durante el curso 2011-2012 que empieza el próximo 12 de septiembre.

Con esta normativa, los directores de centros educativos ganarán en autonomía y responsabilidad, contribuyendo a una mayor eficacia en la gestión del personal. A partir de ahora, se podrá sancionar a los trabajadores de las escuelas infantiles, colegios, institutos y centros de Educación Especial que sean habitualmente impuntuales y que sumen hasta un máximo de 9 horas al mes de ausencia al trabajo, así como a aquellos que no justifiquen adecuadamente una falta de asistencia al centro en todo un día.

Tal y como recoge Europa Press, la orden contempla otras novedades: el profesorado podrá ser sancionado si no cumple con su jornada laboral no lectiva, es decir, si no imparten o se encuentran ausentes de guardias, tutorías, reuniones de departamento, claustros de profesorado, consejos escolares, etc.

La sanción leve que podrán imponer los directores consiste en un "apercibimiento" que quedará registrado en el expediente del personal y no prescribirá hasta pasado un año. El docente o trabajador del centro podrá recurrir la resolución sancionadora o incluso acudir a la vía judicial.

Cuando el amonestado acumule tres faltas injustificadas de asistencia incurrirá a una falta grave, cuya sanción seguirá correspondiendo, como hasta la fecha, al titular de la Dirección General de Recursos Humanos o a la Delegación Provincial.
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