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"La acreditación de competencias profesionales abre nuevas puertas y mejora la empleabilidad"

Entrevista

Francisca María Arbizu Echávarri. Experta internacional en Cualificaciones, y en Educación y Formación Técnica y Profesional (ETFP)

  • 08/10/2025
  • Tiempo de lectura 10 mins

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Francisca María Arbizu Echávarri. Experta internacional en Cualificaciones, y en Educación y Formación Técnica y Profesional (ETFP)

Francisca María Arbizu Echávarri es experta internacional en Cualificaciones, y en Educación y Formación Técnica y Profesional (ETFP), Licenciada en Farmacia por la Universidad Complutense, Doctora por la misma universidad y Licenciada en Química por la Universidad Autónoma de Madrid.

Fue directora del Instituto Nacional de las Cualificaciones de España (INCUAL), organismo responsable del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como experta internacional en marcos nacionales y regionales de cualificaciones tanto en Europa como en América Latina. Es autora de numerosas publicaciones, así como ponente en congresos y foros internacionales sobre competencias, cualificaciones y formación profesional.

 
1. El procedimiento de acreditación de competencias profesionales permite a las personas sin titulación obtener un reconocimiento oficial de lo que ya saben hacer. ¿Cómo ha evolucionado este proceso hasta convertirse en el modelo actual?

Según los datos disponibles, a principios de 2025, más de 10 millones de personas en España no tienen ninguna cualificación profesional acreditada, título o certificado oficial, pero cuentan con experiencia laboral y aprendizajes no formales e informales que podrían ser reconocidos y así facilitar la integración social y laboral.

Esta necesidad data de antiguo, y han sido diferentes soluciones las adoptadas por el gobierno. En los años 70 se desarrollaron pruebas de evaluación de enseñanzas no escolarizadas para obtener el título de Técnico auxiliar, propio de la FP1. A fin de su mejora, con la LOGSE de los 90, se establecieron unidades de competencia, que servían ya para poder reconocer lo que las personas sabían hacer, pero no había normativa al respecto.

El procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales nació como un instrumento del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales en la Ley 5/2002. En 2003 se realizó el proyecto Evaluación, Reconocimiento y Acreditación (ERA) donde participaron, además de los Ministerios de Educación y Trabajo, varias Comunidades Autónomas, así como organizaciones empresariales y sindicales llegando a un modelo de procedimiento e identificando las principales dificultades en su puesta en marcha.

El procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales comenzó a regirse por el Real Decreto 1224/2009, con un gran impulso dada la necesidad de reconocimiento de competencias profesionales. Posteriormente esta norma se vio modificado por el Real Decreto 143/2021. El procedimiento se define algo más en el título VI del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, en relación con el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales (CNECP), a excepción de las vinculadas a formaciones y profesiones reguladas, pero aún no hay una norma específica.

Constituye un procedimiento administrativo abierto de forma permanente, o sea que no requiere convocatoria al respecto, que tiene como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales (CNECP), compuesto por las Unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales (CNCP).
 
2 . ¿Qué pasos deben seguir hoy en día las personas interesadas en conseguir estas acreditaciones?

Para participar en el procedimiento se debe contar con requisitos de nacionalidad, de edad, tener una experiencia laboral de al menos 3 años o un mínimo de formación de 300 horas.

El procedimiento consta de información y orientación previa a la inscripción y durante el proceso, a la que sigue la inscripción para la participación en el procedimiento. La instrucción del procedimiento consta de tres fases:
 
  • Asesoramiento. En esta primera fase un asesor o una asesora, atendiendo a la documentación aportada: realiza un informe no vinculante que traslada a la persona responsable de la fase de evaluación. Si el informe es desfavorable, indica a la persona candidata la formación complementaria que debe realizar y los centros donde puede recibirla.
     
  • Evaluación. En la evaluación de la competencia profesional, se comprueba si la persona candidata demuestra la competencia profesional con los indicadores de calidad requerida, a través de los métodos de evaluación que se consideren necesarios.
     
  • Acreditación A las personas que hayan demostrado su competencia en el proceso de evaluación se les expide una acreditación de la competencia profesional.
     
    • Si se le valida un estándar de competencia se le da un grado A: Acreditación parcial de competencia.
       
    • En caso de que demuestre una unidad de competencia completa, se le da un Grado B: Certificado de competencia.
       
    • La acumulación de certificados de competencia de una cualificación puede dar lugar a una acreditación de Grado C: Certificado Profesional.

Dichas acreditaciones se incorporan al Registro Estatal de Acreditaciones de Competencias Profesionales Adquiridas por Experiencia Laboral o vías no Formales e Informales, cuyo responsable es el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD).

Cuando, a través de este procedimiento, la persona candidata completa total o parcialmente los estándares de competencia incluidos en una oferta del Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional, se le indica los trámites necesarios para su obtención, o bien para la convalidación o exención de los módulos profesionales asociados a los estándares de competencia superados mediante el procedimiento.

Al concluir el procedimiento, las Administraciones competentes remiten a las personas que han participado en él un informe de orientación sobre las ofertas de formación profesional y, en consecuencia, las titulaciones o certificados que podría obtener de manera total o parcial.
 

3. ¿Qué papel juega la acreditación de competencias en la mejora de la empleabilidad y el desarrollo profesional de las personas?

El valor del procedimiento radica en brindar a la ciudadanía que cuente con competencias adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, la posibilidad de obtener un certificado o título profesionalizante de todas o parte de sus competencias profesionales, validarlas y, de este modo, poder continuar con itinerarios formativos conducentes a una mayor cualificación.

Tiene un claro impacto en la empleabilidad, ya que permite un reconocimiento oficial que, valida las habilidades de las personas, facilita el desarrollo profesional y personal, mejorando el currículum y las posibilidades de encontrar trabajo o mejora de las condiciones laborales dentro del mercado laboral, abriendo nuevas puertas en su desarrollo profesional.

La mayor parte de convocatorias que se han ido realizando desde 2011 por las diferentes CCAA se hacen a partir de demandas expresas de los sectores, en concreto de aquéllos en que se ha producido la regulación de requisitos para el desempeño de ciertas actividades, como señaló el INCUAl en 2018 en una recogida de datos sobre el procedimiento. La atención a personas dependientes en instituciones sociales son claro ejemplo de esto.

Para aquellos trabajadores en España que querían irse al extranjero, pero no podían certificar sus habilidades y conocimientos, el procedimiento juega un rol esencial en la movilidad. Desde que se puso en marcha el procedimiento alrededor de 300.000 personas han acudido a este mecanismo, adquiriendo así un título o certificado profesional acorde a su desempeño profesional.
 

4. Según su experiencia, ¿cuáles son las principales fortalezas y debilidades del actual sistema de acreditación de competencias profesionales?

Como fortalezas hay que indicar:
 
  • La apertura abierta y permanente del sistema de acreditación de las competencias profesionales pues se ha eliminado el formato de convocatorias, que lo hace fácilmente accesible a la población.
     
  • La reducción de plazos en el proceso de acreditación, en buena parte por la digitalización del procedimiento en sus diversas fases.
     
  • La incorporación de centros de Formación Profesional (FP) a la red de participantes en la acreditación de competencias profesionales, en el marco del Sistema de Formación Profesional, donde desarrollan procesos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales de los trabajadores, ya sea directamente o colaborando con las administraciones públicas responsables.

    Estos centros también están reconocidos como lugares donde se pueden acreditar las competencias que una persona ha adquirido a través de la experiencia laboral y la formación no formal, pudiendo obtener un título de FP, un certificado profesional o una acreditación parcial de una unidad de competencia, pueden son acumulativas.
     
  • El procedimiento está regulado normativamente, lo que le da estabilidad.  El reciente Real Decreto 532/2025, integra los estándares de competencias profesionales derivados de las unidades de competencia establecidas al amparo del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en el (CNECP). La misma norma, determina las medidas para su adaptación, atendiendo a lo establecido en el Real Decreto 69/2025, por el que se desarrollan los elementos integrantes y los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Formación Profesional y se modifica el Real Decreto 375/1999, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones INCUAL. Esta adaptación se traduce en cambios de denominación de los elementos que conforma cada unidad de competencia para que sean estándares de competencias profesionales.
     
  • La eficacia y eficiencia del procedimiento se fortalece por el hecho de que el procedimiento se encuentre en el marco de un programa financiado por el MEFD y por la Unión Europea-Next Generation EU. El gobierno español ha destinado más de 1.200 millones de euros desde 2020 a la acreditación de competencias profesionales, principalmente a través del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Solo en 2021, se asignaron unos 115 millones de euros para este fin, y en mayo de 2023, se aprobó una inversión adicional de 1.307 millones de euros que incluye la acreditación de competencias. En 2024, un total de 15.359.040 de euros se destinaron a la acreditación de competencias profesionales de cerca de 30.500 personas. Con esta aportación, el MEFPD ha distribuido alrededor de 568,7 millones de euros a las comunidades autónomas para acreditar las competencias profesionales desde 2020.
Y como debilidad:
 
  • La medida de su calidad, al menos de forma estadística, pues el MEFPD no ofrece estadísticas generales sobre acreditación de competencias profesionales en su sitio web público, sino que se centra en el marco normativo y los fondos para impulsar este proceso a nivel autonómico. En todo caso la población que ha conseguido acreditación es mucho menos de la esperada.
 

5. Dado que las comunidades autónomas son responsables de la implantación, ¿qué diferencias observa entre ellas en cuanto a recursos, difusión del procedimiento y participación de las personas? ¿Existen comunidades que puedan considerarse un referente en este ámbito?

Los gobiernos autonómicos son responsables de la acreditación y evaluación de cada caso, adaptando la normativa nacional a sus necesidades específicas y a los sectores económicos prioritarios.

El informe sobre el Estado del Sistema de Formación Profesional, de marzo de 2025, indica que, tras la aprobación de la Ley de FP de 2022, y a través de una convocatoria permanentemente abierta del MEFPD, han participado 55.970 personas, con una acreditación total de 111.940 unidades de competencia.

Para obtener estadísticas sobre la acreditación de competencias en España, se debe consultar la información que publican las comunidades autónomas, ya que son ellas quienes gestionan el procedimiento de acreditación de la experiencia laboral y la formación no formal. Desde 2020 hasta 2024 se han acreditado 717.846 unidades de competencia, para lo cual se han distribuido fondos con el objetivo de facilitar el acceso a estos procedimientos y ampliar su alcance, estando previsto una nueva distribución de fondos, con la previsión de que 152.576 personas puedan beneficiarse de estos procesos.
 
infografía unidades de competencia
Fuente: Informe sobre el Estado del Sistema de Formación Profesional (2025). Secretaría General de Formación Profesional Subdirección General de Evaluación y Calidad del Sistema.

De acuerdo con el gráfico, Andalucía es la comunidad con mayor número de participación, con 219742 unidades de competencia acreditadas en 2024, duplica a Cataluña, que consiguió 109.068 unidades de competencia acreditadas. Así mismo triplica a Madrid con (70.589).

Hay numerosas diferencias en la implementación. Así, la gobernanza del procedimiento, en unas comunidades la responsable es la administración laboral como el caso de la Dirección Gerencia del servicio Público de empleo del Principado de Asturias. En otro caso es Educación, como el Director General de Innovación y Formación Profesional de Aragón. Incluso la hay conjunta entre la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y la Consejería de Educación y Deporte.

Las Comunidades Autónomas son responsables de la acreditación de competencias profesionales, mediante sus propios institutos o agencias de cualificaciones y servicios de empleo, que organizan los procedimientos de evaluación y emiten la acreditación final, siguiendo las normas establecidas.

Estos son también responsables de la elaboración de estándares de competencia, a modo de ejemplo en Andalucía es el Instituto Andaluz de Cualificaciones, el Instituto Vasco del Conocimiento de la Formación Profesional (IVAC-EEI), el Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales, el Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Islas Baleares (IQPIB). En otros casos son: la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón, o la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña.

Las comunidades autónomas colaboran con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como con asociaciones sectoriales, para promover y fomentar la acreditación de competencias profesionales entre su población activa.
 

6. ¿Qué estrategias serían necesarias para mejorar el conocimiento y la difusión de este procedimiento entre la población? ¿Cómo podría incentivarse una mayor participación?

Las Administraciones competentes, en colaboración con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como con otras organizaciones vinculadas al tejido económico y social, ponen en marcha iniciativas que garanticen la difusión del procedimiento.

La información y difusión del procedimiento es obligatoria, al menos, en los centros del Sistema de Formación Profesional y los centros de educación para personas adultas, pero está claro que es insuficiente.

Para facilitar el conocimiento de este procedimiento y sus requisitos, tanto el MEFPD como las instituciones de cualificaciones correspondientes de comunidades autónomas ponen a disposición de todas las personas interesadas la página ACREDITA, a través del portal TodoFP y el portal del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL). Cada Comunidad Autónoma tiene su portal.
   

7. Desde su experiencia internacional, ¿cómo se sitúa el sistema español de acreditación de competencias respecto a otros países del entorno europeo?

España sigue las Directrices europeas[1] vinculadas a la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre validación de aprendizaje no formal e informal, que establecía la importancia de ofrecer a la ciudadanía la oportunidad de demostrar lo aprendido al margen de la educación formal.  
Como en otros países la determinación de los resultados del aprendizaje alcanzados por vías no formales e informales se documenta y su evaluación concluye con una certificación, ya sea en forma de cualificación, de créditos que den lugar a una cualificación, conforme al marco nacional de cualificaciones y, en consonancia, con el Marco Europeo de Cualificaciones.

El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop) junto con la Comisión Europea y otros organismos, promueve la validación del aprendizaje no formal e informal, desarrolla y difunde herramientas y estudios para que los Estados miembros implementen sistemas nacionales de validación, haciendo visible y valioso el aprendizaje en el trabajo, en casa o en actividades de voluntariado.

El Cedefop en cooperación con la Comisión Europea y ETF, mantiene y actualiza el inventario de los sistemas de Validación del Aprendizaje No Formal e Informal existentes en Europa. La actualización en 2024 del Inventario Europeo revela significativos avances en la acreditación de competencias adquiridas fuera del sistema educativo formal en España[2].
 

8. El sistema de acreditación en España se centra principalmente en las cualificaciones de Formación Profesional. Pero, ¿existe la posibilidad de acreditar competencias en otros niveles, como el universitario, o el procedimiento está limitado al marco de la FP?

Además del procedimiento de FP, en España se viene desarrollando el reconocimiento de aprendizajes adquiridos de manera no formal o informal, ya sea para acceder a la formación para quienes no tienen la titulación requerida, como para obtener de forma libre un título o certificado, e incluso para eximir de realizar la formación en la empresa en un ciclo de FP.

Existen las siguientes posibilidades:
 
  • Acceso a la formación, para personas que no disponen de los requisitos académicos exigidos: pruebas de acceso a ciclos de formación profesional de grado medio y superior; y Pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, de 40 años y de 45 años.
     
  • Obtención total o parcial de un título: pruebas para obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria; pruebas para obtener títulos de formación profesional; pruebas para obtener certificados profesionales; pruebas para obtener certificados de niveles intermedio (B1) y avanzado (B2) en lenguas extranjeras, realizadas por Escuelas Oficiales de Idiomas; pruebas para obtener el diploma español como lengua extranjera.
     
  • Exención de alguna parte de la formación, en compensación por la experiencia laboral: exención del hasta ahora módulo de formación en centros de trabajo, en los títulos de formación profesional; valoración inicial del alumno, en la formación básica de personas adultas, al inscribirse en un centro de educación, con el fin de adaptar su itinerario formativo.
Se debe señalar que el Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, establece el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por las personas adultas a través de la experiencia laboral, por vías no formales de formación y de aprendizajes informales, así como sus efectos en el marco del Sistema de Formación Profesional. Las tres competencias básicas son la comunicativa, la matemática y la digital.
 

9. Mirando hacia el futuro, ¿qué mejoras o transformaciones serían necesarias para consolidar el procedimiento de acreditación de competencias como una vía estable, accesible y estratégica para la carrera profesional de las personas?

El real decreto 69/2025, otorga al INCUAL las funciones de proponer mejoras en el sistema de acreditación y reconocimiento profesional, así como de establecer criterios para regular los métodos básicos que deben observarse en la evaluación de la competencia y en el procedimiento para la concesión de acreditaciones por las autoridades competentes.

El desarrollo de ambas funciones mejorará las herramientas para la validación para que respondan a su finalidad y que sean fiables y justas.  Si bien existen instrumentos para la evaluación disponibles en la página web del INCUAL (Guías de Evidencia, de usuario etc.) susceptibles de aplicarse en el procedimiento, deben actualizarse o mejorarse.

A pesar de los avances para lograr información, una orientación y un asesoramiento imparciales y exhaustivos durante todo el proceso, es necesario mejorar la accesibilidad y orientación para grupos desfavorecidos y personas en riesgo de desempleo, así como aumentar la visibilidad y confianza en estos procesos mediante campañas de comunicación, que deben intensificarse.

El proceso de validación se beneficia del uso de TIC, asegurando una gestión eficiente y accesible, pero todavía complejo para el ciudadano.

Es necesario mejorar la coordinación de los actores pertinentes, que operan a distintos niveles y con distintas funciones, centros de formación, administraciones, empresas, etc.

También se puede mejorar en la creación de mecanismos de garantía de la calidad, empezando por lograr estadísticas en el ámbito nacional, hoy inexistentes. Además, es clave mejorar la disponibilidad de profesionales cualificados, en las diferentes competencias, para actuar como evaluadores.

[2] Gonzalez-Yubero, J. (2024). European inventory on validation of non-formal and informal learning 2023 update: Spain. European Commission and Cedefop. https://www.cedefop.europa.eu/en/country-reports/european-inventory-validation-non-formal-and-informal-learning-2023-update-Spain
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