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El acceso a la universidad: un debate abierto con voluntad de futuro

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Dr. Joan Guàrdia i Olmos, Vicerrector de Estudiantes de la Universitat de Barcelona
La cuesti贸n de la futura arquitectura acad茅mica y jur铆dica del acceso a la Universidad de los pr贸ximos a帽os es una de las cuestiones m谩s debatidas y con m谩s aporte de informaci贸n de los 煤ltimos tiempos. A partir de la promulgaci贸n de la tan pol茅mica PGB (Prueba General de Bachillerato) y su posterior parada, se ha abierto una nueva oportunidad para el debate que, en el 煤ltimo a帽o, se ha hecho constante en la mayor铆a de foros relevantes de pol铆tica universitaria. Adem谩s, una nuevo elemento de an谩lisis ha aparecido recientemente, con la difusi贸n del anteproyecto de Ley Org谩nica de Educaci贸n (LOE) que en su art铆culo 38 hace alg煤n tipo de planteamiento de este tema. Si se trata pues de fijar algunos aspectos que deban ser tenidos en cuenta para este tema, la siguiente relaci贸n es, en mi opini贸n, un primer listado de t贸picos muy relevantes para este tema:

1. La arquitectura de acceso a la Universidad no puede construirse al margen de la propia actuaci贸n de las universidades y 茅stas han emprendido el viaje hacia el Espacio Europeo de Educaci贸n Superior. No pensar en ese contexto ocasionar谩 la generaci贸n de un acceso universitario desligado de buena parte del contenido acad茅mico.

2. El cuerpo jur铆dico fundamental relacionado con el acceso a la Universidad no debe ser objeto primordial de la LOE. Debe ser en el 谩mbito de la propia regulaci贸n universitaria donde debe ser resuelto este tema, y por tanto en la Ley Org谩nica de Universidades, como competencia de las Universidades en absoluta coordinaci贸n con las ense帽anzas de Bachillerato y de los Ciclos Formativos de Grado Superior.

3. La desaparici贸n de la PGB nos permite dibujar en la LOE. el dibujo deseado en el que el requisito fundamental del acceso a la universidad sea el de estar en posesi贸n del t铆tulo de bachillerato y que los posteriores criterios de acceso queden en manos de las universidades.

4. Si se trata de ir hacia el futuro, recordar que el acceso a la Universidad debe ser contemplado como una parte de la Educaci贸n Superior pero que 茅ste tambi茅n esta conformado por los Ciclos Formativos de Grado Superior de forma que las Universidades deber铆amos promover los puentes necesarios para que el trasvase entre ambas zonas de la Educaci贸n Superior sea efectivo, simple y acad茅micamente coherente.

5. Un debate sobre el acceso a la Universidad permite seguir evaluando aspectos directamente conectados con las pol铆ticas sociales dedicadas a las minor铆as infrarepresentadas en las Universidades, como por ejemplo las mujeres en determinadas titulaciones (y los hombres en otras) as铆 como el seguimiento y atenci贸n a los estudiantes con necesidades educativas especiales.

6. Hablar de acceso a la Universidad sin recordar la importancia de una pol铆tica amplia de becas y de una articulaci贸n adecuada entre criterios econ贸micos y acad茅micos para el acceso a las ayudas p煤blicas es olvidar una parte substancial del car谩cter social de la Universidad. De nuevo, el acceso universitario debe ser motor y parte esencial del cuerpo jur铆dico universitario.

7. Finalmente una cuesti贸n que no debe olvidarse es la paulatina internacionalizaci贸n de la Universidad y, por tanto, debe ser de absoluta prioridad la regulaci贸n de sistemas de acceso a la Universidad para que los estudiantes extranjeros encuentren v铆as claras y simples para la obtenci贸n de titulaciones espa帽olas.
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