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Los catedráticos y docentes de Escuelas Oficiales de Idiomas podrán impartir clase en ESO, bachillerato y FP

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  • 15/07/2013

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Redacción de Educaweb
El Consejo de Ministro ha aprobado un decreto que reforma la norma de 2010 por la que se establecen las especialidades de los cuerpos de catedráticos y de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. Con el nuevo decreto, los funcionarios pertenecientes a los cuerpos de catedráticos y de profesores de Escuelas Oficiales de ldiomas podrán, excepcionalmente, desempeñar funciones en la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), el Bachillerato y la Formación Profesional, para impartir las materias de lenguas extranjeras correspondientes a su especialidad.

La finalidad de esta medida es favorecer que las administraciones educativas dispongan de una mayor flexibilidad y eficiencia en la asignación de los recursos humanos, de forma que, si las necesidades de programación de la enseñanza lo aconsejan, los catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas puedan impartir las materias de lenguas extranjeras correspondientes a su especialidad en ESO, Bachillerato y FP, siempre que cumplan los requisitos de titulación y formación requeridos. Esta medida no tendrá efectos en las plantillas estables de los centros.

Además, el Consejo de Ministros también ha acordado establecer el carácter oficial de 21 universitarios de máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Con la aprobación de estos 21 títulos, las universidades estatales ofrecerán un total de 3.025 títulos de máster.
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