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El tribunal constitucional mantiene que la iglesia puede decidir la idoneidad de los docentes de religión

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Redacción de Educaweb.com
El Tribunal Constitucional ha rechazado una cuestión de inconstitucionalidad en referencia al Acuerdo de Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito con la Santa Sede. Este acuerdo permite a las confesiones religiosas decidir sobre la idoneidad de los profesores que imparten religión.

El caso se inició en 2002, cuando a María del Carmen Galayo Macías, profesora de religión de una escuela pública, no le fue renovado el contrato por convivir con un hombre sin estar casada. A partir de su denuncia, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias planteó una posible contradicción entre los acuerdos iglesia-estado de 1979 y el régimen laboral de los profesores de religión católica en la escuela pública, que establece la Constitución.

La decisión del Tribunal Constitucional ha provocado malestar entre el colectivo de profesores de religión, que consideran que el obispado no debería tener la última palabra a la hora de decidir sobre un trabajo que depende de la administración pública.

Por su parte, el Tribunal Constitucional ha precisado que no están valorando la contratación de María del Carmen Galayo, sino si existe alguna falta de concordancia entre el acuerdo entre la Santa Sede y lo que establece la Constitución. La denunciante ha manifestado que llevará su caso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
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