Curso de Legal Compliance Officer. Prevención de Riesgos Penales

Curso
On-line
80 horas
Precio 695 €

Descripción

En España, de manera tradicional, sólo las personas físicas han podido ser responsables por delitos y/o faltas tipificadas como tales en nuestro Código Penal. Pero esa situación comenzó a cambiar en el año 2010, cuando por vez primera se abre la posibilidad de que las personas jurídicas también puedan tener responsabilidad a efectos penales, introduciéndose esta circunstancia de modo expreso en el Código Penal.
Tras cinco años, el 1 de julio de 2015 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que supone un aumento más que notable de la responsabilidad de las personas jurídicas, clarificando la atribución de su responsabilidad penal, el catálogo de infracciones susceptibles de ser cometidas por las mismas y las consecuencias penales en caso de una hipotética condena para la empresa, entre otros aspectos.
Pero el extremo sin duda más novedoso es la nueva redacción del artículo 31 bis tras la entrada en vigor de la reforma operada en nuestro Código Penal por la LO 1/2015, concretamente en lo que atañe a las condiciones de exención de responsabilidad de las empresas (apartado 2, art. 31 bis). En este epígrafe se establece, para que la persona jurídica quede eximida de responsabilidad penal en el caso de que alguno de sus integrantes incurriese en alguna de sus conducta tipificadas, la adopción y ejecución (antes de la comisión del delito), de "modelos de organización y gestión" que incluyan las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Estos modelos de organización y gestión son lo que se conocen con el nombre de compliance guides o planes de prevención de riesgos penales en el mundo empresarial.
Las compliance guides o planes de prevención de riesgos penales deben de cumplir los siguientes requisitos:
  • Identificar las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.
  • Establecer los protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.
  • Disponer de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.
  • Imponer la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.
  • Establecer un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
  • Realizar una verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.
Las empresas, cada vez en mayor medida, se ven envueltas en un creciente número de asuntos penales. De esto tenemos evidencias tales como el hecho de que el plazo de prescripción de determinados delitos es más extenso para el caso de personas jurídicas que para las personas físicas o que las acusaciones decidan involucrar a las empresas en los procedimientos judiciales, una vez abierta esa puerta, por el mero hecho de que se pueden apreciar mayores posibilidades de éxito económico en un litigio actuando contra un patrimonio empresarial si lo comparamos con este tipo de posibilidades en el caso de actuar sólo contra un patrimonio personal.
Por todo ello, se antoja necesario e incluso imprescindible que todas las personas jurídicas definan, implanten y acrediten una "compliance guide" o "modelo de prevención de riesgos penales" con el fin de evitar posibles sanciones y responsabilidades penales para la empresa, sus administradores y/o directivos, con las siguientes finalidades:
  • Conseguir bien la atenuación bien la exención de responsabilidad penal cumpliendo con todos los requisitos que determina el Código Penal.
  • Evitar responsabilidades empresariales derivadas de conductas ilícitas llevadas a cabo por sus directivos, empleados y/o colaboradores..
Nace con ello la figura del "Director de Cumplimiento Normativo" o "Compliance Officer", como figura de vigilancia y control orientado a prevenir la comisión de delitos en el entrono empresarial en el que opera. Entre sus principales funciones se encuentra la identificación de riesgos, analizar cambios estatutarios y reguladores, determinar medidas preventivas y correctivas, impartir formación a directivos y empleados para que conozcan y apliquen todas las normas y revisar periódicamente la actualización de los procedimientos.
Una puesto, obviamente, cada vez más demandado por empresas y que exige de una formación complementaria ante lo novedoso de esta figura del Compliance Officer" en el ámbito penal nacional.

Temario

Unidad didáctica I. Introducción. Responsabilidad penal y personas jurídicas.
Unidad didáctica II. Personas jurídicas penalmente responsables y criterios de atribución de responsabilidad.
Unidad didáctica III. Delitos imputables a las personas jurídicas y penas aplicables.
Unidad didáctica Iv. Circunstancias de modificación de la responsabilidad penal: eximentes y atenuantes.
Unidad didáctica V. Implantación de un modelo de prevención de delitos o
compliance guide.

Destinatarios

  • Recién titulados en Derecho, Dirección y Administración de Empresas, Económicas o cualquier otro sector relacionado con la materia que deseen iniciar una carrera profesional de futuro en los cada vez más comunes Departamentos de Cumplimiento Normativo existentes en las empresas.
  • Trabajadores por cuenta propia (autónomos) que deseen especializarse en una materia que presenta una gran demanda de profesionales en casi todos los sectores empresariales. Grandes posibilidades de formación para aquellos profesionales interesados en este nuevo y demandado perfil.
  • Empresas que deseen formar a uno o varios de sus trabajadores debido a que la normativa estatal obliga cada vez más a que exista uno o varios profesionales encargados de velar por los intereses de las empresas y las buenas prácticas legales de las mismas.
  • Directivos y responsables de todo tipo de empresas que aporten a su experiencia el conocimiento de implementación de sistemas de prevención de riesgos penales en sus organizaciones

Requisitos

Recién titulados en Derecho, Dirección y Administración de Empresas, Económicas o cualquier otro sector relacionado con la materia que deseen iniciar una carrera profesional de futuro en los cada vez más comunes Departamentos de Cumplimiento Normativo existentes en las empresas.

Metodología

Metodología activa y participativa, en la que el profesor actúa como guía y el alumno es sujeto activo de su propio aprendizaje. El sistema metodológico se basará en el autoaprendizaje ONLINE dirigido, coordinado y supervisado por parte del profesor, donde los alumnos resuelvan los problemas que les surjan a lo largo del curso. Con esta metodología pedagógica se Pretende educar al alumnado en la resolución de sus propios problemas, partiendo de la confianza en sí mismos y su independencia y criterio propio. Se atenderá a la evaluación continua, valorando el seguimiento de los temarios, el trabajo personal de las labores que se manden, el trabajo continuo presentado en los ejercicios propuestos y los exámenes-controles frecuentes: esto es, evaluación continua. Adicionalmente, dentro de esta evaluación continua se tendrá en cuenta: Interés del alumno/a. Grado de participación en el aula virtual y asistencia al mismo. Ejercicios realizados a lo largo del curso.

Objetivos

  • Conocer todos los fundamentos legales relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas. El modelo de responsabilidad de la persona jurídica tras la reforma del artículo 31 bis del Código Penal.
  • Discernir entre personas jurídicas imputables e inimputables, con especial atención a las personas jurídicas exentas de responsabilidad.
  • Elaborar, de conformidad con lo establecido tras la reforma del Código Penal, un "modelo de prevención de riesgos penales" o "compliance guide" que presente las mayores y mejores garantías de éxito en caso de situaciones de responsabilidad penal empresarial, con la finalidad de exonerar de la misma tanto a la propia sociedad como a sus integrantes.
  • En definitiva, convertirse en un/a Director/a de Cumplimiento Normativo o "Compliance Officer" solvente y de garantías que otorgue a las empresas un más que necesario valor añadido a la hora de prevenir la comisión de delitos en la empresa.

Titulación obtenida

Titulación emitida por el centro.

Promociones

Facilidades de pago.

Ventajas del curso

Garantía de aprobado: Con el abono de la matrícula, no sólo tendrás derecho a un examen y recuperación, sino que en el caso de que suspendieses, no pudieses desarrollar el curso de forma normal por circunstancias personales, o no te pudieses presentar al examen por cualquier causa, tendrás derecho a la Rematriculación gratuita en la siguiente convocatoria, tantas veces como necesites hasta que apruebes o desaparezca este tipo de formación, sin costes adicionales de ningún tipo, completamente gratis.
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