Destinatarios
Según el BOE nº 296 de 10 de diciembre de 2012, se requiere formación específica para la prestación de los diferentes servicios que un vigilante de seguridad pueda llegar a realizar y se recoge la obligatoriedad de la realización de dicha formación. Los aspirantes a vigilantes de seguridad o los vigilantes de seguridad que ya hayan obtenido la tarjeta de identificación profesional y que deseen introducirse en este sector laboral y alcanzar un nivel suficiente que le permita acceder a los puestos de trabajo donde se necesite esta especialidad, deben realizar esta formación.