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Los 10 puntos clave para entender la Reforma Laboral 2012

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Bonificaciones por contratar a menores de 30, formación continua, contrato de aprendizaje... descubre los aspectos de la Reforma que afectan a la formación y a los jóvenes


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Redacción de Educaweb
El pasado 10 de febrero, el Gobierno aprobó la Reforma Laboral con la finalidad de reducir los elevados porcentajes de desempleo. El texto propone medidas para flexibilizar la contratación y el despido, impulsar el empleo de jóvenes, incentivar a las empresas con bonificaciones, etc.

La Reforma es muy amplia, por eso, el equipo de redacción de Educaweb hemos recopilado aquellos aspectos que afectan especialmente al sector de la formación y la educación y a los jóvenes. A continuación te ofrecemos una selección de los puntos clave de la reforma:


1.- Reforma del contrato de formación y aprendizaje: El contrato fue introducido en 2011 por el anterior gobierno y establece que el 75% de la jornada laboral se llevará a cabo en el puesto de trabajo y el 25% restante se dedicará a la formación en un centro autorizado. Va dirigido a jóvenes sin formación y a partir de ahora, la edad máxima para acceder a este tipo de contrato será los 30 años. Cuando la tasa de paro baje hasta el 15%, la edad máxima para el contrato de aprendizaje será de 25 años.

2.- Nuevo contrato indefinido y bonificación por contratación juvenil: Las empresas de menos de 50 trabajadores contarán con una bonificación en la cuota de la Seguridad Social de 3.600 euros, si contratan indefinidamente a jóvenes de entre 16 y 30 años por un tiempo de 3 años en jornada completa. El periodo de prueba será de máximo de 1 año y el despido será libre y gratis para el empresario durante este primer año.

3.- Posibilidad de capitalizar el paro: Los jóvenes interesados en montar su propio negocio (hombres hasta 30 años y mujeres hasta 35), podrán cobrar el paro de una vez y en una sola paga, con el requisito de que se den de alta como trabajadores autónomos.

4.- Regulación del teletrabajo: Para evitar la economía sumergida, a partir de ahora el contrato de teletrabajo deberá formalizarse por escrito. La finalidad es crear el marco legal que equipara las condiciones del teletrabajador (salariales, formativas, de representación colectiva, etc)  a las del trabajador que presta sus servicios en la oficina.

5.- Reformas en la formación continua: Las empresas tendrán competencias en la acreditación de la formación de los trabajadores. Además, los centros y entidades de formación podrán ejecutar planes, participar en el diseño del subsistema de formación profesional para el empleo y optar a las subvenciones "antes reservadas a los agentes sociales", según palabras de la ministra de Trabajo, Fátima Báñez. Los empleados con más de un año de antigüedad tendrán un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación continua. También se creará una cuenta-formación que recopilará la formación recibida por el trabajador a lo largo de su vida.

6.- Cambios en las categorías profesionales: El sistema de clasificación por categorías profesionales desaparece. A partir de ahora, la empresa y los trabajadores tendrán que pactar un sistema de clasificación basado en grupos profesionales más generales. Esto posibilitará que el empleado adquiera experiencia en otros ámbitos de actividad.

7.- Más relevancia para las ETTs: La Reforma quiere impulsar la colaboración entre los servicios públicos de empleo y las empresas de trabajo temporal (ETTS), por eso autoriza a estas últimas a actuar como agencias privadas de colocación.

8.- Compatibilizar sueldo y paro: Se crea un nuevo modelo de contrato que permitirá que el desempleado compatibilice el sueldo con el 25% de la prestación por desempleo. En cuanto al empresario, este tipo de contrato le permitirá deducir el 50 % de la prestación que le correspondía al trabajador durante un año.

9.- Despido improcedente y procedente: A partir de ahora, las personas que sean despedidas tendrán una indemnización de 20 días por año trabajado. Se considerará que es despido procedente cuando la empresa registre tres trimestres de bajada de facturación. En el caso de despido improcedente, la indemnización será de 33 días y un máximo de 24 mensualidades. La rebaja afecta a todos los contratos firmados a partir de la fecha de aprobación de la Reforma; en cuanto al resto, la indemnización se calculará sumando 45 días por año trabajado antes de la reforma y los que correspondan después.

10.- No se podrán encadenar contratos temporales más allá de 24 meses. Además, se favorece el contrato a tiempo parcial, permitiendo la realización de horas extras.
 

Ante estas propuestas, la Comisión Europea ha declarado que es necesario que España acompañe la reforma laboral con más inversión para mejorar la formación y las posibilidades de empleo. Para László Andor, comisario de Empleo, "No es suficiente aumentar la flexibilidad. También es importante invertir en formación profesional, un mejor funcionamiento de los servicios públicos de empleo y formación continua".
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