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Las funciones del orientador

Artículo de opinión

  • 22/09/2008

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Pilar Sánchez Álvarez. Orientadora de un Instituto de la Comunidad de Murcia
Las funciones del orientador son las grandes acciones propias, especiales y habituales de la Orientación; son las macroactividades especificadas en otras más concretas, las llamadas tareas profesionales.

Como profesores de la especialidad de Psicología y Pedagogía, hay según la LOE, cambiada a Orientación según la Resolución de 29 de abril de 1996, vigente en orientación en tanto no se desarrolle la LOE, de la Dirección General de Centros Escolares sobre organización de los Departamentos de Orientación en Institutos de Educación Secundaria, tiene la responsabilidad específica de:

- Coordinar la planificación y el desarrollo de las actividades de orientación académica y profesional correspondiente a las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y contribuir a su desarrollo.

- Asesorar a la Comisión de Coordinación pedagógica proporcionando criterios psicopedagógicos y de atención de la diversidad en los elementos constructivos de los proyectos curriculares

- Colaborar en la prevención y detección de problemas de aprendizaje.

- Coordinar la evaluación psicopedagógica con los profesores de aquellos alumnos que precisen la adopción de medidas educativas específicas realizando el informe psicopedagógico.

- Participar en la planificación y el desarrollo de las adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación, en colaboración con los departamentos didácticos y las Juntas de profesores.

- Participar en la elaboración y desarrollo de los programas de diversificación curricular y asesorar a los equipos educativos de los programas de garantías sociales en la elaboración de las programaciones correspondientes.

- Colaborar con los tutores en la elaboración del consejo orientador que sobre su futuro académico y profesional ha de formularse para todos los alumnos y alumnas al término de la Educación Secundaria Obligatoria y de los Programas de garantía social.

En la Circular de la Dirección General de Renovación Pedagógica dada el 27 de junio de 1993 establece que la intervención de los profesionales del Departamento de Orientación debe ser en tres grandes ámbitos interrelacionados.

Estos tres ámbitos de actuación son: Proceso de Enseñanza-Aprendizaje, Acción Tutorial y Plan de Orientación Académico Profesional.

Siguiendo diversos estudios prospectivos sobre las funciones básicas del orientador (Jiménez 1997; Benavent 1999; Sanz, 2001); Benavent, en el año 2003, escribe:

"... las funciones básicas del orientador psicopedagógico en la actualidad y durante los próximos años son y seguirán siendo: a) La de formador de formadores asesorando e informando a profesores, padres, tutores y otros para-profesionales de las actividades formativas y educativas. b) Especialista en recursos comunitarios, a fin de facilitar el enlace entre las necesidades individuales y los medios formativos y laborales disponibles. c) Consultor, mediador y agente promotor de la innovación y el cambio adaptado a las características multiculturales de cada escuela y de su contexto socio-comunitario. d) Uniendo a su función como consultor, intercesor y líder de cambio, el orientador psicopedagógico, dentro de la corriente científica de la Investigación-Acción, aparece como investigador en busca de soluciones prácticas a los problemas que suscita la vida académica y sus respectivos contextos socio comunitarios"

Analizando esta definición vemos que los orientadores tienen las siguientes funciones según Sánchez P. (2005) en "Tareas de Orientación en Educación Secundaria”:

1. Formador de formadores

2. Conocedor los recursos comunitarios

3. Consultor, mediador y agente de cambio

4. Investigador

Estas funciones, que cada vez se hacen más necesarias en un Centro de Secundaria implican un cambio en el concepto de Orientación y en las competencias adquiridas durante estos años.

Es necesario cambios en el trabajo de los orientadores para dar una mejor respuesta educativa, una actualización continua y un análisis de los cambios profundos y constantes de nuestra sociedad y poner nuevos retos de trabajo e investigar en la propia práctica con el fin de adquirir calidad en el trabajo.

Por lo tanto, una vez analizadas las funciones actuales y las posibles actuaciones futuras, el orientador del siglo XXI deberá:

- Seguir adquiriendo formación, pero una formación especializada capaz de convertirse en formador de profesores, padres, y otros profesionales. Una formación actual, respondiendo a los problemas que surgen en la sociedad. Una formación práctica, que aunque se base en conocimientos científicos, imprescindibles en cualquier formación, aporte estrategias y posibilite las intervenciones de estos profesionales.

- Debe tener asesoramiento continuo sobre los recursos que aparecen, de las nuevas carreras, de los cambios universitarios, de las nuevas profesiones, de los puntos de información, de los cambios legislativos, de las nuevas investigaciones, de las distintas vías de formación permanente... Debe tener acceso a bibliografía especializada, a páginas www, etc.

- También se pide nuevos programas, recursos humanos y materiales para realizar proyectos novedosos que permitan adaptarnos a las nuevas características de la sociedad, fomentando la creatividad para aportar nuevas soluciones.

- Y por último es necesario arbitrar los medios suficientes para conocer y dar a conocer las innovaciones que constantemente se realizan en los Centros, y que frustran a los profesionales ya que no se reconoce su labor investigadora e innovadora.
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