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El sistema de oposición al cuerpo docente

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Beatriz Peribáñez, Tutora de las oposiciones de educación de Master-D
Las oposiciones de acceso al cuerpo docente son de ámbito autonómico y se realizan de forma bianual. Los años pares convocan oposiciones al cuerpo de profesores de secundaria y los impares se convocan las oposiciones al cuerpo de maestros; a excepción de determinadas comunidades como Cataluña, Comunidad Valenciana o Galicia. Dichas comunidades convocan consecutivamente todos los años.

Esta periodicidad genera una seguridad de convocatorias que pocas oposiciones cuentan con ella. Las nuevas organizaciones sociales, demandas laborales, movimientos migratorios, invitan a una extraordinaria demanda, que provoca un aumento en el número de plazas ofertadas en los últimos años. Todo ello, implica más afluencia de candidatos en estas oposiciones, y una exigencia y competencia mayor a la hora de valorar la idoneidad de los candidatos.

Actualmente la oposición queda regulada según Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

El examen es concurso-oposición, esto implica tener que superar dos partes diferenciadas, pero con igual relevancia. La oposición consiste en superar una serie de pruebas teóricas y prácticas y el concurso supone acreditar méritos.

En la primera parte del examen se valoran los conocimientos teóricos y su aplicación sobre unos supuestos prácticos, mediante la realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que el opositor ha adquirido los conocimientos teóricos, y es capaz de aplicarlos correctamente de forma práctica en la realidad del aula.

En la segunda parte se valorarán la aptitud pedagógica y dominio de las técnicas docentes a través de la exposición oral de una programación didáctica y una unidad didáctica. Estas son herramientas básicas en el trabajo diario del docente, y por lo tanto, impregna la oposición de un carácter muy práctico acerca de la planificación diaria del pedagogo.

Este nuevo sistema de oposición implantó una serie de cambios que pretendían realizar unas pruebas más prácticas, que permitieran valorar la capacidad docente del opositor. La eliminación del examen escrito de legislación evita memorizaciones vanas, pero en cambio nos exige un conocimiento y aplicación adecuada de la legislación vigente en el conjunto de las pruebas. Se continúa exigiendo una base de conocimientos a desarrollar por escrito. Este desarrollo no se limita a una simple prueba memorística, exige una exposición coherente, asentada en sólidas teorías y demostrando una profesionalidad en el área o materia por la que se opte.

Los supuestos prácticos son otra dura prueba que superar, pretendiendo en esta ocasión demostrar la capacidad de aplicar los conocimientos teóricos a la práctica. En el caso del cuerpo de maestros son situaciones encaminadas a la realidad del aula con el que se encuentra el maestro. En secundaria las pruebas se dirigen a solucionar ejercicios del área propuesta. El opositor necesita de una base teórica idónea para afrontar su aplicación, también necesita un dominio del manejo de sus conocimientos empleados en los ejercicios, que se adquiere con esfuerzo y realización intensiva de variados planteamientos prácticos.

La llamada "encerrona” o prueba oral también ha sufrido cambios, antes suponía la exposición de un tema y su aplicación docente; pero ahora exige una defensa de la programación didáctica y una unidad didáctica de entre todas las que la componen. Este trabajo es tan personal y propio que requiere de una buena defensa, resaltando la planificación didáctica como viable y coherente. Es la prueba más práctica dirigida al opositor de educación, debe demostrar plenamente sus dotes docentes, conocer la adecuación de los objetivos propuestos a los alumnos a los que se dirige, y una originalidad en las actividades y recursos empleados. Para poder transmitir al tribunal todos estos aspectos se requiere de una buena argumentación y dominio de las aptitudes orales.

En la fase de concurso se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes. Tendrán la consideración de méritos sobre la experiencia docente previa, la formación académica y cursos de formación y perfeccionamiento, y otros méritos. Esta parte pretende valorar la trayectoria profesional y formación continua del docente.

En definitiva, las pruebas de oposición al cuerpo docente ya no suponen un simple estudio y memorización, se solicita un nivel de madurez, actualización y correcta aplicación práctica. Sin olvidarnos de las dotes orales que exige la defensa durante la exposición oral de un trabajo personal.
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