29 de marzo de 2004 - número 81 | 41250 suscriptores Suplemento del boletín de educaweb | ISSN: 1578-5793


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Aprobados los decretos que regulan la prueba general del bachillerato y el nuevo sistema de acceso a la universidad


El gobierno central ha dado luz verde a los reales decretos que regulan la prueba general de bachillerato (PGB) y el nuevo sistema de acceso a la universidad a partir del 2005-06.

Prueba General de Bachillerato

Se realizará al terminar el bachillerato y su superación significará la obtención del titulo de bachiller

Tendrá carácter externo a los centros escolares

Significará el 40% de la nota final de bachillerato para acceder a la universidad ante el 60% del expediente académico

Se aprobará con una calificación mínima de 5

Las comunidades autónomas se encargarán de su organización y aplicación

Los tribunales encargados de las pruebas integrarán, entre otros miembros, 4 profesores de secundaria de centros públicos o concertados y e1 representante de la Alta inspección del Ministerio de Educación

Constará de una parte común y una parte específica en función de la modalidad de bachillerato cursada

A. Parte Común: evaluará la formación general y la madurez del alumno/a y tendrá 3 ejercicios (4 en las comunidades con lengua propia)

1. análisis y comentario de un texto histórico y filosófico

2. análisis de un texto literario en lengua castellana

3. (en las comunidades con lengua propia) análisis de un texto en catalán, gallego o vasco

4. evaluará un idioma extranjero y incluirá una parte escrita y una parte oral

B. Parte Específica: evaluará los conocimientos adquiridos en las materias específicas de modalidad y tendrá tres ejercicios

Cada una de las partes de la prueba tendrá una calificación independiente y la nota final será la media de las dos partes

En el caso de que se suspenda la PGB, si se aprueba una de las dos partes esta calificación tendrá validez en las convocatorias siguientes

Acceso a la Universidad

Con carácter general será suficiente con el título de Bachiller

Las universidades podrán establecer procedimientos adicionales de admisión para titulaciones determinadas, que supondrán el 40% de la nota de acceso (ante el 60% de la nota final del bachillerato)

Los criterios adicionales de admisión serán:

Se establecerá un sistema de coordinación entre las universidades que permita convalidar estos sistemas adicionales de acceso en titulaciones concretas

Los mayores de 45 años podrán acceder a estudios oficiales sin el título de bachiller si acreditan experiencia académica y profesional

El alumnado extranjero de la UE o de otros países con los que el Estado tiene subscrito convenios internacionales podrán acceder a la universidad sin previa homologación de estudios cursados.

AVUI, Educación - 20 de diciembre de 2003







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