PROFESOR DE ENSEÑANZA SECUNDARIA COMUNIDAD DE MADRID
FASE DE OPOSICIÓN
Fase de oposición en los procedimientos selectivos de ingreso libre y reserva de
discapacitados: En esta fase se valorarán la posesión de los conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia, la aptitud pedagógica del aspirante
y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
La valoración de estos conocimientos, para todos los cuerpos y especialidades, se
llevará a cabo a través de una única prueba estructurada en dos partes, que no
tendrán carácter eliminatorio. La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se
indica a continuación:
Parte A): Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos
necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un
tema elegido por el aspirante, de entre un número de temas, extraídos al azar por
el Tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad,
atendiendo a los siguientes criterios:
— En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas,
deberá elegirse entre tres temas.
— En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior
a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
— En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá
elegirse entre cinco temas.
Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.
Las pruebas que tengan que efectuarse por escrito, tanto de la parte A) como de la
parte B), podrán ser realizadas en la misma sesión y posteriormente los Tribunales
procederán al llamamiento de los opositores para su lectura, que se llevará a cabo
en el mismo orden de su realización.
Parte B): Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante
y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y
exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal. Esta segunda parte incluirá
un ejercicio de carácter práctico.
Parte B.1): Presentación de una programación didáctica: La programación
didáctica, que será defendida oralmente ante el Tribunal, hará referencia al
currículo de un área, materia o módulo relacionado con la especialidad por la que
se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de
evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso
escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa
especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y en el caso de
los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
podrá estar referida a la etapa de la educación secundaria obligatoria, al
bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional.
Parte B.2): Preparación, exposición y defensa de una unidad didáctica: La
preparación y exposición oral ante el Tribunal de una unidad didáctica estará
relacionada con la programación presentada por el aspirante, que elegirá el
contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su
propia programación. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán
concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos,
las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus
procedimientos de evaluación.
En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de
Formación Profesional, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo,
debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las
correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se
trate.
En las especialidades de Psicología y Pedagogía del Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria y en la de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, los aspirantes podrán optar por
desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de
orientación educativa y psicopedagógica.
El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica,
pudiendo utilizar el material que considere oportuno.
El opositor dispondrá de un plazo máximo de una hora y treinta minutos para la
defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior
debate ante el Tribunal. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la
programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a
continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de
cuarenta y cinco minutos. La duración del debate no podrá exceder de quince
minutos.
Parte B.3): Ejercicio de carácter práctico: Consistirá en la realización de una serie
de ejercicios, según el cuerpo al que se aspire, permita comprobar que los
candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo
precisas para impartir las enseñanzas, asignaturas o módulos de la especialidad a
la que opten. El tiempo para la realización de este ejercicio será establecido en
función de las características de cada especialidad por la Comisión de Selección
correspondiente o, en su caso, por el Tribunal Único, y se pondrá en conocimiento
de los aspirantes en el mismo acto en que se comunique la fecha de inicio de
celebración de la prueba.
Especialidad: FILOSOFÍA
La prueba consistirá en el comentario y análisis de textos filosóficos pertenecientes
a obras representativas de alguno de los autores o corrientes incluidas en el
temario que rige el procedimiento de ingreso, sobre los que se plantearán
cuestiones relacionadas con su contenido, estructura y comentario crítico.
Especialidad: LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
La prueba estará constituida por tres ejercicios:
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto literario
poético propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el
original.
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto literario en
prosa propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el
original.
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto no literario
propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el original.
Especialidad: GEOGRAFÍA E HISTORIA
La prueba estará constituida por tres ejercicios:
-Análisis y comentario de un documento de tipo histórico (texto, mapa, imagen,
gráfico, estadística, etc).
-Análisis y comentario de un documento de tipo geográfico (texto, representación
cartográfica, mapa, plano, imagen, gráfico, estadística, etc). El Tribunal podrá
decidir que el opositor confeccione previamente, a partir de los datos que se le
proporcionen, el documento geográfico objeto de análisis y comentario.
-Análisis y comentario de una serie de documentos de tipo artístico (documentos
iconográficos, imágenes, textos, mapas, planos, gráficos, etc.).
Especialidad: MATEMÁTICAS
La prueba consistirá en la resolución de problemas y ejercicios de Matemáticas
relacionados con el temario que rige el procedimiento de ingreso.
Especialidad: FÍSICA Y QUÍMICA
La prueba consistirá en la resolución de problemas de Física y Química relacionados
con el temario que rige el procedimiento de ingreso.
Especialidad: BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
La prueba consistirá en:
-Resolución de problemas en los que se plantearán cuestiones sobre aplicación de
conceptos, leyes y teorías científicas.
-Interpretación de mapas e interpretación y elaboración de cortes geológicos.
-Reconocimiento sin claves de al menos sesenta ejemplares naturales.
Especialidad: MÚSICA
La prueba constará de las siguientes partes:
a) Comentario y análisis de:
I. Una partitura propuesta por el Tribunal.
II. Una audición propuesta por el Tribunal.
III. Un texto, propuesto por el Tribunal, sobre la estética musical de una época, un
compositor o una obra determinada.
b) Interpretación de una obra musical de libre elección por parte del opositor, de
una duración máxima de diez minutos, con el instrumento que aporte o bien al
piano. En el caso de los opositores que elijan canto, interpretarán la obra a capella
o acompañándose de instrumento, a su elección.
Especialidad: PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA
La prueba consistirá en la respuesta a cuestiones relativas a los diferentes tipos de
intervención que ha de realizar el psicopedagogo en un centro escolar o en un
equipo de orientación educativa y psicopedagógico, correspondientes a alguno de
los ámbitos siguientes:
-apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje
-orientación académica y profesional
-apoyo al plan de acción tutoría.
Especialidad: TECNOLOGÍA
La prueba consistirá en la resolución de problemas y ejercicios de aplicación,
relacionados con el temario que rige el procedimiento de ingreso, con especial
atención a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación. El
Tribunal decidirá sobre la ejecución de ejercicios en el aula-taller o, en su caso, en
el aula de informática.
Especialidad: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
Resolución de un supuesto práctico de contabilidad, de entre tres propuestos por el
tribunal, relacionados con la parte A del temario. Resolución de uno o más
supuestos prácticos donde se apliquen técnicas financieras, fiscales o de otro tipo,
relacionadas con la parte A del temario. El tribunal valorará, además de la
obtención de un resultado correcto, el procedimiento seguido en la realización de
los supuestos prácticos y la aplicación de la normativa vigente.
Especialidad: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
Resolución de cuestiones y ejercicios relacionados con la parte A del temario.
Resolución de un caso práctico, entre tres propuestos por el tribunal, que ponga en
relación las cuestiones específicas que constituyen la parte A del temario,
analizando sus causas y determinando las posibles soluciones alternativas. El
tribunal valorará el proceso seguido hasta adoptar la solución, las fuentes de
información utilizadas y el dominio de los procedimientos, técnicas y legislación
aplicables al supuesto.
Especialidad: INFORMATICA
Diseño de aplicaciones informáticas que cumplan ciertos requisitos dados sobre:
estructuras de datos; descripción de programas; interfaces de E/S;
comportamiento, procedimientos de uso. Desarrollo, mantenimiento y verificación
de programas en lenguajes estructurados Utilización de lenguajes y utilidades de
sistemas gestores de base de datos relacionales para la definición, manipulación o
administración de datos. Manejo de utilidades para verificar o configurar sistemas
informáticos
Manejo de funciones primitivas del software de base. Implementación de
procedimientos para la configuración o explotación del sistema. Diseño de sistemas
en red. Realización de funciones de explotación y administración en un sistema de
red local. El Tribunal elegirá dos o más pruebas entre las anteriormente citadas y
dará a conocer a los opositores, en caso necesario, los medios técnicos y la
documentación técnica del software necesaria para el desarrollo de la prueba
práctica. El Tribunal valorará, además del resultado correcto, si los opositores
poseen las capacidades de tipo instrumental necesarias y tendrá en cuenta el
procedimiento seguido por el opositor en la realización de las pruebas prácticas.
Especialidad: ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
Medición y comprobación de parámetros habitualmente utilizados en los procesos
de mantenimiento de vehículos.
Realización de operaciones de montaje y desmontaje habituales en el
mantenimiento de vehículos autopropulsados.
El tribunal decidirá la conveniencia de realizar una prueba práctica que integre las
realizaciones anteriores, o bien comprobar las capacidades del opositor mediante
pruebas independientes. El tribunal valorará el procedimiento seguido por el
opositor en la realización de la prueba práctica sobre los resultados obtenidos.
Fase de oposición en los procedimientos selectivos de ingreso libre y reserva de
discapacitados: En esta fase se valorarán la posesión de los conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia, la aptitud pedagógica del aspirante
y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
La valoración de estos conocimientos, para todos los cuerpos y especialidades, se
llevará a cabo a través de una única prueba estructurada en dos partes, que no
tendrán carácter eliminatorio. La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se
indica a continuación:
Parte A): Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos
necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un
tema elegido por el aspirante, de entre un número de temas, extraídos al azar por
el Tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad,
atendiendo a los siguientes criterios:
— En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas,
deberá elegirse entre tres temas.
— En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior
a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
— En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá
elegirse entre cinco temas.
Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.
Las pruebas que tengan que efectuarse por escrito, tanto de la parte A) como de la
parte B), podrán ser realizadas en la misma sesión y posteriormente los Tribunales
procederán al llamamiento de los opositores para su lectura, que se llevará a cabo
en el mismo orden de su realización.
Parte B): Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante
y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y
exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal. Esta segunda parte incluirá
un ejercicio de carácter práctico.
Parte B.1): Presentación de una programación didáctica: La programación
didáctica, que será defendida oralmente ante el Tribunal, hará referencia al
currículo de un área, materia o módulo relacionado con la especialidad por la que
se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de
evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso
escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa
especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y en el caso de
los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
podrá estar referida a la etapa de la educación secundaria obligatoria, al
bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional.
Parte B.2): Preparación, exposición y defensa de una unidad didáctica: La
preparación y exposición oral ante el Tribunal de una unidad didáctica estará
relacionada con la programación presentada por el aspirante, que elegirá el
contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su
propia programación. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán
concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos,
las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus
procedimientos de evaluación.
En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de
Formación Profesional, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo,
debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las
correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se
trate.
En las especialidades de Psicología y Pedagogía del Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria y en la de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, los aspirantes podrán optar por
desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de
orientación educativa y psicopedagógica.
El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica,
pudiendo utilizar el material que considere oportuno.
El opositor dispondrá de un plazo máximo de una hora y treinta minutos para la
defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior
debate ante el Tribunal. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la
programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a
continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de
cuarenta y cinco minutos. La duración del debate no podrá exceder de quince
minutos.
Parte B.3): Ejercicio de carácter práctico: Consistirá en la realización de una serie
de ejercicios, según el cuerpo al que se aspire, permita comprobar que los
candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo
precisas para impartir las enseñanzas, asignaturas o módulos de la especialidad a
la que opten. El tiempo para la realización de este ejercicio será establecido en
función de las características de cada especialidad por la Comisión de Selección
correspondiente o, en su caso, por el Tribunal Único, y se pondrá en conocimiento
de los aspirantes en el mismo acto en que se comunique la fecha de inicio de
celebración de la prueba.
Especialidad: FILOSOFÍA
La prueba consistirá en el comentario y análisis de textos filosóficos pertenecientes
a obras representativas de alguno de los autores o corrientes incluidas en el
temario que rige el procedimiento de ingreso, sobre los que se plantearán
cuestiones relacionadas con su contenido, estructura y comentario crítico.
Especialidad: LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
La prueba estará constituida por tres ejercicios:
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto literario
poético propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el
original.
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto literario en
prosa propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el
original.
-Respuesta a las cuestiones que el Tribunal plantee a partir de un texto no literario
propuesto, asimismo, por el Tribunal y escrito en lengua castellana en el original.
Especialidad: GEOGRAFÍA E HISTORIA
La prueba estará constituida por tres ejercicios:
-Análisis y comentario de un documento de tipo histórico (texto, mapa, imagen,
gráfico, estadística, etc).
-Análisis y comentario de un documento de tipo geográfico (texto, representación
cartográfica, mapa, plano, imagen, gráfico, estadística, etc). El Tribunal podrá
decidir que el opositor confeccione previamente, a partir de los datos que se le
proporcionen, el documento geográfico objeto de análisis y comentario.
-Análisis y comentario de una serie de documentos de tipo artístico (documentos
iconográficos, imágenes, textos, mapas, planos, gráficos, etc.).
Especialidad: MATEMÁTICAS
La prueba consistirá en la resolución de problemas y ejercicios de Matemáticas
relacionados con el temario que rige el procedimiento de ingreso.
Especialidad: FÍSICA Y QUÍMICA
La prueba consistirá en la resolución de problemas de Física y Química relacionados
con el temario que rige el procedimiento de ingreso.
Especialidad: BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
La prueba consistirá en:
-Resolución de problemas en los que se plantearán cuestiones sobre aplicación de
conceptos, leyes y teorías científicas.
-Interpretación de mapas e interpretación y elaboración de cortes geológicos.
-Reconocimiento sin claves de al menos sesenta ejemplares naturales.
Especialidad: MÚSICA
La prueba constará de las siguientes partes:
a) Comentario y análisis de:
I. Una partitura propuesta por el Tribunal.
II. Una audición propuesta por el Tribunal.
III. Un texto, propuesto por el Tribunal, sobre la estética musical de una época, un
compositor o una obra determinada.
b) Interpretación de una obra musical de libre elección por parte del opositor, de
una duración máxima de diez minutos, con el instrumento que aporte o bien al
piano. En el caso de los opositores que elijan canto, interpretarán la obra a capella
o acompañándose de instrumento, a su elección.
Especialidad: PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA
La prueba consistirá en la respuesta a cuestiones relativas a los diferentes tipos de
intervención que ha de realizar el psicopedagogo en un centro escolar o en un
equipo de orientación educativa y psicopedagógico, correspondientes a alguno de
los ámbitos siguientes:
-apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje
-orientación académica y profesional
-apoyo al plan de acción tutoría.
Especialidad: TECNOLOGÍA
La prueba consistirá en la resolución de problemas y ejercicios de aplicación,
relacionados con el temario que rige el procedimiento de ingreso, con especial
atención a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación. El
Tribunal decidirá sobre la ejecución de ejercicios en el aula-taller o, en su caso, en
el aula de informática.
Especialidad: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
Resolución de un supuesto práctico de contabilidad, de entre tres propuestos por el
tribunal, relacionados con la parte A del temario. Resolución de uno o más
supuestos prácticos donde se apliquen técnicas financieras, fiscales o de otro tipo,
relacionadas con la parte A del temario. El tribunal valorará, además de la
obtención de un resultado correcto, el procedimiento seguido en la realización de
los supuestos prácticos y la aplicación de la normativa vigente.
Especialidad: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
Resolución de cuestiones y ejercicios relacionados con la parte A del temario.
Resolución de un caso práctico, entre tres propuestos por el tribunal, que ponga en
relación las cuestiones específicas que constituyen la parte A del temario,
analizando sus causas y determinando las posibles soluciones alternativas. El
tribunal valorará el proceso seguido hasta adoptar la solución, las fuentes de
información utilizadas y el dominio de los procedimientos, técnicas y legislación
aplicables al supuesto.
Especialidad: INFORMATICA
Diseño de aplicaciones informáticas que cumplan ciertos requisitos dados sobre:
estructuras de datos; descripción de programas; interfaces de E/S;
comportamiento, procedimientos de uso. Desarrollo, mantenimiento y verificación
de programas en lenguajes estructurados Utilización de lenguajes y utilidades de
sistemas gestores de base de datos relacionales para la definición, manipulación o
administración de datos. Manejo de utilidades para verificar o configurar sistemas
informáticos
Manejo de funciones primitivas del software de base. Implementación de
procedimientos para la configuración o explotación del sistema. Diseño de sistemas
en red. Realización de funciones de explotación y administración en un sistema de
red local. El Tribunal elegirá dos o más pruebas entre las anteriormente citadas y
dará a conocer a los opositores, en caso necesario, los medios técnicos y la
documentación técnica del software necesaria para el desarrollo de la prueba
práctica. El Tribunal valorará, además del resultado correcto, si los opositores
poseen las capacidades de tipo instrumental necesarias y tendrá en cuenta el
procedimiento seguido por el opositor en la realización de las pruebas prácticas.
Especialidad: ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
Medición y comprobación de parámetros habitualmente utilizados en los procesos
de mantenimiento de vehículos.
Realización de operaciones de montaje y desmontaje habituales en el
mantenimiento de vehículos autopropulsados.
El tribunal decidirá la conveniencia de realizar una prueba práctica que integre las
realizaciones anteriores, o bien comprobar las capacidades del opositor mediante
pruebas independientes. El tribunal valorará el procedimiento seguido por el
opositor en la realización de la prueba práctica sobre los resultados obtenidos.
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Datos del curso
- Tipo:Oposiciones
- Modalidad:On-line
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C/ SANTIAGO Nº 5
28801 ALCALÁ DE HENARES (Madrid)
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Destinatarios:
Requisitos generales:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de
algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles, el de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y,
cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las
mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, los ascendientes y los de
su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y
especialidad a que se opta.
Si durante la realización de las pruebas, o durante la realización de las prácticas, en
caso de que se hayan superado las fases de oposición y concurso, se suscitaran
dudas respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades
habitualmente desempeñadas por los cuerpos y especialidades que se convocan, el
Tribunal correspondiente, o la Comisión de Selección, podrá solicitar de oficio el
correspondiente dictamen del Servicio de Prevención de la UPAM o del Servicio de
Inspección Médica. En este caso, y hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante
podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en
suspenso la Resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la
recepción del dictamen.
En el caso de que el aspirante opte por no presentarse ante el órgano citado,
decaerá de todos los derechos adquiridos hasta ese momento.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de funciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la Función Pública.
e) No ser funcionario/a de carrera, o en prácticas, o estar pendiente del
correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo en el que se pretende ingresar,
salvo que se concurra por el procedimiento para la adquisición de nuevas
especialidades, a que se refiere el título V del Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de marzo).
f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto, o el título de Grado correspondiente u otros títulos
equivalentes a efectos de docencia.
Son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones que se detallan para cada
especialidad.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el
artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o del título
de Especialización Didáctica, o del certificado de Aptitud Pedagógica.
Están dispensados de la posesión de este requisito los maestros y los licenciados en
Pedagogía y Psicopedagogía y quienes estén en posesión de licenciatura o titulación
equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica.
También están dispensados de la posesión de este requisito quienes acrediten
haber prestado docencia efectiva durante dos cursos académicos completos o, en
su defecto, durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos, en centros
públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única del
Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos docentes, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en
tanto no se regule para cada enseñanza la formación establecida en el artículo
100.2 de citada Ley Orgánica, queda diferida, en la presente convocatoria, la
exigencia de esta formación a los aspirantes al ingreso en las especialidades de
Tecnología, de Psicología y Pedagogía y de las correspondientes a las distintas
enseñanzas de la Formación Profesional del Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria.
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de
algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles, el de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y,
cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las
mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, los ascendientes y los de
su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y
especialidad a que se opta.
Si durante la realización de las pruebas, o durante la realización de las prácticas, en
caso de que se hayan superado las fases de oposición y concurso, se suscitaran
dudas respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades
habitualmente desempeñadas por los cuerpos y especialidades que se convocan, el
Tribunal correspondiente, o la Comisión de Selección, podrá solicitar de oficio el
correspondiente dictamen del Servicio de Prevención de la UPAM o del Servicio de
Inspección Médica. En este caso, y hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante
podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en
suspenso la Resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la
recepción del dictamen.
En el caso de que el aspirante opte por no presentarse ante el órgano citado,
decaerá de todos los derechos adquiridos hasta ese momento.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de funciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la Función Pública.
e) No ser funcionario/a de carrera, o en prácticas, o estar pendiente del
correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo en el que se pretende ingresar,
salvo que se concurra por el procedimiento para la adquisición de nuevas
especialidades, a que se refiere el título V del Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de marzo).
f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto, o el título de Grado correspondiente u otros títulos
equivalentes a efectos de docencia.
Son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones que se detallan para cada
especialidad.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el
artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o del título
de Especialización Didáctica, o del certificado de Aptitud Pedagógica.
Están dispensados de la posesión de este requisito los maestros y los licenciados en
Pedagogía y Psicopedagogía y quienes estén en posesión de licenciatura o titulación
equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica.
También están dispensados de la posesión de este requisito quienes acrediten
haber prestado docencia efectiva durante dos cursos académicos completos o, en
su defecto, durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos, en centros
públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única del
Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos docentes, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en
tanto no se regule para cada enseñanza la formación establecida en el artículo
100.2 de citada Ley Orgánica, queda diferida, en la presente convocatoria, la
exigencia de esta formación a los aspirantes al ingreso en las especialidades de
Tecnología, de Psicología y Pedagogía y de las correspondientes a las distintas
enseñanzas de la Formación Profesional del Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria.
Temario del curso:
- FILOSOFÍA
- LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
- GEOGRAFÍA E HISTORIA
- MATEMÁTICAS
- FÍSICA Y QUÍMICA
- BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
- MÚSICA
- PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA
- TECNOLOGÍA
- ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
- FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
- INFORMÁTICA
- ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS