INSPECTOR DEL CUERPO NACIONAL DE POLICIA

EJERCICIOS
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A) Oposición; B) Cursos de
Formación y C) Módulo de formación práctica.
FASE DE OPOSICION
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primera Prueba (aptitud física). –Esta prueba consistirá en la realización por los
opositores de los ejercicios físicos. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto»
Segunda Prueba (de conocimientos).
–Consistirá en la realización de los tres ejercicios siguientes de carácter obligatorio:
a) Contestación por escrito en cincuenta minutos a un cuestionario de cien
preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una
es verdadera, relacionadas con el temario.
b) Ejercicio escrito y oral de los idiomas francés o inglés a nivel de Bachillerato. El
escrito, para el que los opositores dispondrán de cuarenta minutos, consistirá en la
comprensión y en el conocimiento gramatical de un texto en el idioma elegido y el
oral en una conversación en el mismo idioma. La opción por uno u otro idioma se
efectuará en la solicitud de participación en el proceso, quedando vinculados por
dicha elección a todos los efectos. La falta de opción se entenderá como que se
elige el idioma inglés y sobre éste versará la realización del ejercicio.
La calificación de este ejercicio se hará hallando la media de las puntuaciones
obtenidas en el escrito y en el oral.
c) Resolución por escrito en noventa minutos de un supuesto o supuestos en los
que deberán interrelacionarse las materias.
Los opositores deberán leer posteriormente ante el Tribunal, en sesión pública, el
trabajo realizado, en la cual el Tribunal podrá hacerles las preguntas o requerir las
aclaraciones que estime pertinentes para contrastar sus conocimientos. El tiempo
empleado en la lectura no podrá exceder de 20 minutos.
Ejercicio voluntario de idiomas. Con carácter voluntario, los opositores podrán
realizar un ejercicio de conocimiento de los idiomas: francés o inglés, a nivel de
Bachillerato, sin que pueda optarse por el elegido para el ejercicio obligatorio de
idioma. La opción a que se refiere este párrafo deberá realizarse asimismo en la
solicitud de participación, no teniéndose en cuenta la efectuada fuera de ella.
El ejercicio voluntario de idiomas se calificará de cero a tres puntos. Dicha
puntuación se sumará, a efectos de mejora de su nota, a la obtenida en la segunda
prueba, a los que superen la fase de oposición.
Tercera Prueba (psicotécnica).
– Constará de dos partes:
a) Tests psicotécnicos. Consistirá en la realización de uno o varios tests dirigidos
a determinar la personalidad y las aptitudes del aspirante para el desempeño de
la función policial con relación a la categoría a la que se aspira.
b) Entrevista personal. A partir del resultado de los tests de personalidad, se
investigarán en el aspirante los factores de la misma que determine el Tribunal,
el cual fijará la puntuación correspondiente a dichos factores
Cuarta Prueba (reconocimiento médico).–Dirigida a comprobar que no
concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la
Orden de 11 de enero de 1988.
CURSO DE FORMACION Y PERIODO DE PRUEBAS
Exigida, serán nombrados Inspectores-alumnos por el Director General de la Policía
y de la Guardia Civil, y en tal calidad se incorporarán al Centro de Formación, de la
División de Formación y Perfeccionamiento, en la fecha que oportunamente se
determine.
Los alumnos aspirantes realizarán en el centro docente dos cursos académicos
ordinarios de carácter selectivo. El primero, dirigido a la formación profesional en
general, será irrepetible. El segundo, dirigido a la formación específica en las
diferentes áreas policiales, podrá repetirse completo por una sola vez en el
inmediato siguiente que se celebre.
Para superar los cursos, los alumnos deberán aprobar todas y cada una de las
asignaturas del plan de estudios vigente.
Cada asignatura será calificada de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de
cinco puntos para aprobarla. Quiénes no superen los cursos en su totalidad en
exámenes ordinarios o en una única convocatoria extraordinaria, causarán baja en
el centro docente por Resolución del Director General de la Policía y de la Guardia
Civil y perderán toda expectativa de ingreso nacida de la superación de la
oposición.
La no incorporación, sin causa justificada, al Centro de Formación para la
realización del preceptivo curso de formación, en la fecha indicada, llevará
aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y
expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición.
Periodo de prácticas.– Una vez superados los cursos referidos en la base anterior,
los aspirantes a Inspector deberán efectuar un módulo de formación práctica en el
puesto de trabajo que se determine por este Centro Directivo, necesario para la
obtención del nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que se
aspira a ingresar. En el período de prácticas se valorarán los siguientes rasgos
personales: responsabilidad, dedicación, disciplina, integridad, espíritu de equipo,
decisión y corrección, los cuales serán calificados de cero a diez puntos,
requiriéndose, como mínimo, una puntuación de cinco puntos en cada uno de ellos
para superar las prácticas. Dicho módulo será irrepetible, salvo causa involuntaria,
debidamente justificada, que lo impida, apreciada por el Director General de la
Policía y de la Guardia Civil y, por tanto, su no superación implica la exclusión
definitiva del proceso selectivo.
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Datos del curso

  • Tipo:Oposiciones
  • Modalidad:On-line
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